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	<title>Kenosis &#187; Venezuela</title>
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	<description>Artículos de Néstor A. Briceño L, SDS</description>
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		<title>Responsabilidad Política del Cristiano</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Sep 2010 16:25:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Néstor]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Visión de la realidad]]></category>
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		<category><![CDATA[Doctrina Social de la Iglesia]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones]]></category>
		<category><![CDATA[Venezuela]]></category>

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				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="../wp-content/uploads/2010/09/mafalda-libertad.jpg"><img class="alignleft" title="mafalda libertad" src="../wp-content/uploads/2010/09/mafalda-libertad-150x150.jpg" alt="" width="150" height="150" /></a>Estamos a pocos días de las elecciones parlamentarias en nuestro país y aún los sondeos previos presentan un número relativamente alto de abstencionistas. Preocupa esta actitud, pues es dejar de lado la responsabilidad personal, y abandonar la decisión en manos de otros. Claro que podríamos excusarlos diciendo que ésta es una forma de ejercer la legítima “objeción de conciencia” (consagrada en el artículo 350 de nuestra Constitución), mediante la cual se protesta con acciones concretas, entre las que está incluida la desobediencia civil, contra leyes o decisiones ejecutadas por los gobiernos que violan los derechos humanos; sin embargo, éste no es el caso.<span id="more-102"></span></p>
<p>Vivimos en una sociedad que  ha optado por la democracia como sistema político. Así lo estipula nuestra Carta Magna en su artículo segundo, donde expresa “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Y si vivimos en esta Tierra de Gracia, entonces todos debemos integrarnos a la construcción de esta sociedad. Recuerdo que en la Constitución del 61 la votación era un derecho y un deber ciudadano (cfr. art. 110), mientras que la Constitución Bolivariana la ha dejado únicamente como un derecho (cfr. art. 63). Por lo tanto, hoy más que nunca, debemos educar en el ejercicio de la responsabilidad ciudadana como un deber que, aunque no sea obligatorio por ley, sí lo es por la moral que nos constituye en miembros de una colectividad llamada Venezuela.<br />
Pero dejemos atrás esta primera discusión sobre la asistencia a la cita electoral y pasemos al siguiente punto: ¿cómo debe elegir el cristiano?<br />
Atención, este cómo no se refiere en ningún momento a cuál botón seleccionar; esto lo dejamos a la conciencia de cada quién. Pero sí apunta hacia qué elementos deben estar presentes en nuestra elección. Acudamos al “Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia” (lo abreviaremos CDSI) para iluminar este punto.<br />
Una de las pistas que nos ofrece el CDSI (Cfr. 408) es la división de poderes en un estado, planteando el sano equilibrio que se da cuando los diversos poderes se mantienen en un justo límite entre sí. Parece ilustrativa la cita de la Carta Encíclica Centesimus annus de Juan Pablo II, quien vivió en la Polonia post-guerra el efecto de la confusión de poderes, cuando refiriéndose a la división de los mismos afirma: “Es éste el principio del Estado de derecho, en el cual es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres” (848).<br />
Por otra parte, aquellos que son elegidos para desempeñar un rol público están en la obligación de rendir cuentas al pueblo de todo aquello que han realizado en su gestión. Parece necesario recordar que estamos eligiendo a nuestros trabajadores, es decir, nosotros, los ciudadanos de a pie, somos los dueños del país y elegimos a quienes nos ayudarán a administrarlo. No podemos perder esto de vista, pues si lo hiciéramos, se pudieran cambiar los papeles, pensando que elegimos a nuestros jefes y dueños, cuando en realidad no es así.<br />
Aquellos a quienes elegimos para cargos públicos tienen como tarea fundamental “empeñarse en la búsqueda y en la actuación de lo que pueda ayudar al buen funcionamiento de la convivencia civil en su conjunto” (CDSI, 409). Por lo tanto, hablamos aquí de verdaderos mediadores, que puedan ayudar a entablar la armonía y la paz dentro de todo el pueblo, siendo capaces de renunciar a sus proyectos personalistas para abrazar un proyecto de país que busque el bien común, haciendo síntesis y sumando fuerzas para lograr acciones contundentes que favorezcan lo mejor para dar vida al pueblo (cfr. CDSI, 407, 409).<br />
El aspecto moral de los candidatos no puede ser olvidado. Cuando existe un verdadero componente moral en la persona, que le lleva a asumir actitudes éticas propias de un gobernante que ama a su pueblo, entonces habrá una verdadera acción que “consiste en el compromiso de compartir el destino del pueblo y en buscar soluciones a los problemas sociales” (CDSI, 410). Allí se hará presente un espíritu de servicio y solidaridad que dejará en último plano los objetivos personalistas para colocar de manera prioritaria el bien del pueblo. Pero se debe tener cuidado con las políticas populistas que muestran una aparente preocupación por el pueblo, planteando soluciones que a la larga solamente traerán más conflicto y pobreza, acompañadas de la búsqueda de prestigio personal.<br />
Combatir la corrupción política también debe ser un aspecto que nos ayude a discernir en el momento de elegir a los candidatos. El CDSI plantea que “entre las deformaciones del sistema democrático, la corrupción política es una de las más graves porque traiciona al mismo tiempo los principios de la moral y las normas de la justicia social” (411). Pero, ¿a qué se le llama corrupción política? Con este término se le denomina a la compra de votos mediante el intercambio de bienes y servicios (bienes y servicios que son un deber y no una dádiva del Estado); al aprovechamiento del puesto político para favorecer a alguna parcialidad en detrimento de otros; al clientelismo y otro tipo de relaciones dadas entre gobernantes y gobernados que impiden la realización del bien común para todos los ciudadanos. Estas actitudes traen como consecuencia desconfianza en el sistema político y desánimo de los ciudadanos en los procesos de participación política.<br />
Todo lo anterior implica para cada uno de nosotros, ciudadanos de esta Patria Grande, asumir en serio la tarea de ser votantes. Debemos tomarnos el tiempo para conocer a los candidatos y contrastarlos con esta lista de criterios básicos que nos regala la Doctrina Social de la Iglesia, para así elegir al mejor servidor para nuestro pueblo.</p>
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		<title>Convenio entre la Santa Sede y la República de Venezuela</title>
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		<pubDate>Sun, 18 Jul 2010 16:42:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Néstor]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Visión de la realidad]]></category>
		<category><![CDATA[1964]]></category>
		<category><![CDATA[Betancourt]]></category>
		<category><![CDATA[convenio]]></category>
		<category><![CDATA[Pablo VI]]></category>
		<category><![CDATA[Santa Sede]]></category>
		<category><![CDATA[Vaticano]]></category>
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		<description><![CDATA[Ante la inminente revisión de este convenio, se publica aquí en su totalidad para conocimiento de todos los lectores. Los comentarios los dejo para que los hagan ustedes mismos. Vale destacar que es un convenio y no un concordato pues no hubo acuerdo total, sobre todo por parte de la Iglesia, cediendo el estatus del &#8230; <a href="https://kenosis.cepdisal.org/?p=11" class="more-link">Continue reading <span class="screen-reader-text">Convenio entre la Santa Sede y la República de Venezuela</span></a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><em><a href="http://kenosis.cepdisal.org/wp-content/uploads/2010/07/CiudadDelVaticano.jpg"><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-14" title="CiudadDelVaticano" src="http://kenosis.cepdisal.org/wp-content/uploads/2010/07/CiudadDelVaticano-150x150.jpg" alt="" width="150" height="150" /></a>Ante la inminente revisión de este convenio, se publica aquí en su totalidad para conocimiento de todos los lectores. Los comentarios los dejo para que los hagan ustedes mismos.</em></p>
<p><em>Vale destacar que es un <strong>convenio</strong> y no un <strong>concordato</strong> pues no hubo acuerdo total, sobre todo por parte de la Iglesia, cediendo el estatus del documento a uno más flexible.<span id="more-11"></span></em></p>
<p><strong>Texto original del Convenio<br />
</strong></p>
<p>La Santa Sede  Apostólica y el Estado  Venezolano, en consideración a  que la Religión  Católica y Romana es la Religión de la gran mayoría de  los Venezolanos y  en el deseo de que todas las cuestiones de interés  común puedan ser  arregladas cuanto antes de una manera completa y  conveniente, y  proponiéndose hacerlo en futuros Acuerdos, han  determinado definir entre  tanto algunas materias de particular urgencia  sobre las cuales las dos  Altas Par­tes han llegado a un acuerdo.</p>
<p>A este fin, Su Santidad el Sumo Pontífice Paulo VI y  Su Excelencia  el señor Rómulo Betancourt, Presidente de la República de  Venezuela,  han tenido a bien nombrar por sus Plenipotenciarios,  respectivamente, a  Su Excelencia Reverendísima Monseñor Luigi Dadaglio,  Nuncio Apostólico  en Venezuela, y a Su Excelencia el Doctor Marcos  Falcón Briceño,  Ministro de Relaciones Exteriores, quienes, después de  entregadas sus  respectivas Plenipo­tencias y reconocida la autenticidad  de las mismas,  han convenido lo siguiente:</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong><strong> 1 ­</strong></p>
<p>El Estado  Venezolano continuará asegurando y ga­rantizando el libre y  pleno  ejercicio del Poder Espiritual de la Iglesia Católica, así como  el libre  y público ejercicio del culto católico en todo el territorio  de la  República.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong><strong> 2</strong></p>
<p>El Estado Venezolano reconoce el libre ejercicio del derecho  de la  Iglesia Católica de promulgar Bulas, Breves, Estatutos, Decre­tos,   Cartas Encíclicas y Pastorales en el ámbito de su competencia y para la   prosecución de los fines que le son propios.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong><strong> 3</strong></p>
<p>El Estado Venezolano reconoce la  personalidad jurídica internacional  de la Santa Sede y del Estado de la  Ciudad del Vaticano.</p>
<p>Para mantener las relaciones amistosas entre la Santa Sede y  el  Estado de Venezuela continuarán acreditados un Embajador de Venezuela   ante la Santa Sede y un Nuncio Apostólico en Caracas, el cual será el   Decano del Cuerpo Diplomático acreditado ante el Gobierno de Venezuela.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong><strong> 4</strong></p>
<p>Se  reconoce a la Iglesia Católica en la República de Venezuela como   persona jurídica de carácter público.</p>
<p>Gozan además de personalidad jurídica para los actos  de la vida  civil las Diócesis, los Capítulos Catedrales, los  Seminarios, las  Pa­rroquias, las Órdenes, Congregaciones Religiosas y  demás Institutos  de per­fección cristiana canónicamente reconocidos.</p>
<p>Las instituciones y  entidades particulares, que, se­gún el derecho  canónico, tienen  personalidad jurídica gozarán de la misma  perso­nalidad jurídica ante el  Estado una vez que hayan sido cumplidos  los requisitos le­gales.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>5</strong></p>
<p>La  erección de nuevas Arquidiócesis, Diócesis y prelaturas Nullius y  las  modificaciones de los límites existentes se harán por la Santa  Sede  previo acuerdo con el Gobierno.</p>
<p>Ninguna parte del territorio venezolano dependerá de  un Obispo cuya  sede esté fuera de las fronteras de la República.</p>
<p>Cuando hayan de  erigirse nuevas Diócesis o modifi­carse los límites  de las actuales se  procurará que los límites diocesanos coincidan, en  lo posible, con las  divisiones políticas del territorio nacional.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>6</strong></p>
<p>Antes de proceder  al nombramiento de un Arzobispo u Obispo  diocesano, o de un Prelado  Nullius, o de sus Coadjutores con dere­cho a  sucesión, la Santa Sede  participará el nombre del candidato al  Presidente de la República, a fin  de que éste manifieste si tiene  objeciones de carácter po­lítico  general que oponer al nombramiento. En  caso de existir objeciones de tal  naturaleza, la Santa Sede indicará  el nombre de otro candidato para los  mismos fines.</p>
<p>Las diligencias correspondientes se desarrollarán con la mayor   reserva a fin de mantener secretos los nombres de los candidatos hasta   que sea publicado el nombramiento definitivo.</p>
<p>Transcurridos treinta días desde la comunicación  hecha al Presidente  de la República, e1 silencio de éste se interpretará  en el sentido de  que no time objeciones que oponer  nombramiento.   En casos  excepciónales, dicho término podrá  extenderse hasta sesenta días, de  acuerdo con la Nunciatura Apostólica.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>7</strong></p>
<p>Los  Arzobispos y Obispos diocesanos y sus Coad­juntores con derecho a   sucesión serán ciudadanos venezolanos.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>8</strong></p>
<p>La provisión de las Dignidades de los  Capítulos Metropolitanos y  Catedrales está reservada a la Santa Sede.</p>
<p>Pero, en atención a  lo que dispone el artículo 11, el nombramiento  se comunicará  oficialmente al Gobierno de Venezuela antes de la toma de  posesión por  parte de los investidos.</p>
<p>En el caso de creación de nuevas dignidades, tendrá aplicación  el  articulo 11 con respecto a ellas, una vez que haya mediado un  acuerdo  con el Gobierno.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>9</strong></p>
<p>La provisión de las canonjías y beneficios menores  de los Capítulos  Metropolitanos y Catedrales se hará libremente por la  compe­tente  Autoridad Eclesiástica, de acuerdo con las normas del  Derecho Canónico.</p>
<p>El Ordinario del lugar dará comunicación oficial de dichos   nombramientos al Ejecutivo Nacional antes de que los nuevos investidos   tomen posesión canónica del beneficio.</p>
<p>En el caso de creación de nuevas dignidades, tendrá  aplirac1ón el  articulo 11 con respecto a Ellas, una vez que haya mediado  un acuer­do  con el Gobierno.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>10</strong></p>
<p>La erección de nuevas Parroquias se  hará libre ­mente por los  Ordinarios diocesanos, los cuales comunicarán a  la primera Autoridad  civil de la jurisdicción la erección y los límites  de las nuevas  Pa­rroquias, así como los cambios de límites de las  Parroquias  existentes.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>11</strong></p>
<p>El Gobierno de Venezuela, dentro de sus posibilidades  fiscales,  continuará destinando un Capitulo del Presupuesto, que seguirá   llamándose Asignaciones Eclesiásticas, para el decoroso sostenimiento   de los Obispos, Vicarios Generales y Cabildos Eclesiásticos.</p>
<p>También se  destinará una partida presupuestaria adecuada para  ejecutar y contribuir  a la ejecución de obras de edificación y  conservación de templos,  seminarios y lugares destinados a la  celebración del culto.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>12</strong></p>
<p>El  Gobierno de Venezuela, en su propósito de atraer e incorporar a  la vida  ciudadana a nativos del país que habitan en. regio­nes  fronterizas o  distantes de los centros poblados continuará prestando  espe­cial apoyo y  protección a las Misiones Católicas establecidas en  algunas regio­nes  de la República.</p>
<p>La Santa. Sede dará comunicación oficial al Gobierno de  Venezuela de  la erección de nuevos Vicariatos Apostólicos o de la  división de los  ya existentes.</p>
<p>Los Vicarios, Prefectos Apostólicos y los Superiores  de las Misiones  autónomas serán nombrados por la Santa Sede, la cual  dará al Gobierno  comunicación del nombramiento antes de que sea  publicado.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>13</strong></p>
<p>Cuando a juicio de los Ordinarios sea necesaria la  colaboración ya  sea de Institutos Religiosa de varones o mujeres, ya sea  de Sacerdotes  seculares de otra nacionalidad, para la asistencia  religiosa de los  fieles y para las obras sociales y de beneficencia  públicas o privadas,  se so­licitará por escrito su entrada y permanencia  en el país, las  cuales serán otor­gadas por la competentes Autoridad,  previo el  cumplimiento de los, requisitos legales ordinarios.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>14</strong></p>
<p>La  Iglesia podrá libremente establecer Seminarios Mayores y Menores,  tanto  diocesanos como Interdiocesanos, y otros Institutos destinados a  la  formación del Clero Secular y Religioso, los cuales depen­derán   únicamente de la Autoridad Eclesiástica en su dirección, régimen y   programas de estudio.</p>
<p>Reconociendo el Estado los fines específicos de la educación   impartida por tales Seminarios e Institutos, está dispuesta a conceder   la equivalencia de los estudios de la educación secundaria siempre que   el plan de dichos estudios contenga, en igualdad de condiciones, las   asignaturas que integran el de educación secundaria.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>15</strong></p>
<p>El  Estado Venezolano, de conformidad con la Constitución,  reconoce   el derecho de organización de los ciudadanos católicos para promover la   difusión y actuación de los principio de la fe y moral católicas   mediante las asociaciones de Acción Católica, dependientes de la   Autoridad Ecle­siástica, las cuales se mantendrán siempre fuera de todo   partido político.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>16</strong></p>
<p>Las Altas Partes signatarias se comprometen a  resolver amistosamente  las eventuales diferencias que en lo futuro  pudiesen presentarse en la  interpretación o aplicación de cualquier  cláusula de la presente  Convención y, en general, en las mutuas  relaciones entre la Iglesia y  el Estado.</p>
<p><strong>ARTÍCULO</strong> <strong>17</strong></p>
<p>La presente  Convención -cuyos textos en lengua italiana y española  hacen fe por  igual- entrará en vigor desde el momento del canje de  ratificación.</p>
<p>Una vez  ratificado, el presente Acuerdo será la norma que, como lo  prevé el  Artículo 130 de la Constitución, regulará las re­laciones  entre la  Iglesia y el Estado.</p>
<p><strong>Caracas,  6 de marzo de 1.964</strong></p>
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		<title>CSI Venezuela</title>
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		<pubDate>Fri, 16 Jul 2010 23:50:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Néstor]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Visión de la realidad]]></category>
		<category><![CDATA[ciudanía]]></category>
		<category><![CDATA[csi]]></category>
		<category><![CDATA[realidad social]]></category>
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		<description><![CDATA[Me confieso un fanático empedernido de las series televisivas de acción y misterio, donde se encuentran investigadores que deben resolver crímenes o evitar catástrofes, haciendo alarde de sus grandes conocimientos científicos, logrando una síntesis de la cultura general y profesional en cada caso que enfrentan los protagonistas. Para ese hobby, aparto un tiempo de mi &#8230; <a href="https://kenosis.cepdisal.org/?p=8" class="more-link">Continue reading <span class="screen-reader-text">CSI Venezuela</span></a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://kenosis.cepdisal.org/wp-content/uploads/2010/07/csi_las_vegas_.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-9" title="csi_las_vegas_" src="http://kenosis.cepdisal.org/wp-content/uploads/2010/07/csi_las_vegas_-300x268.jpg" alt="" width="180" height="161" /></a>Me confieso un fanático empedernido de las series televisivas de acción y misterio, donde se encuentran investigadores que deben resolver crímenes o evitar catástrofes, haciendo alarde de sus grandes conocimientos científicos, logrando una síntesis de la cultura general y profesional en cada caso que enfrentan los protagonistas. Para ese hobby, aparto un tiempo de mi descanso, donde sé que estaré sumergido en un mundo de fantasía, con algunos visos de realidad, pero ante todo soy consciente de estar ante el producto final de la imaginación de guionistas, directores y productores. Con esa finalidad recurro a canales de entretenimiento como AXN, Warner, Fox y otros.<span id="more-8"></span></p>
<p>También intento estar informado sobre el acontecer nacional, pues por mi trabajo sé que debo mantener una línea en la cual pueda hacer una buena síntesis entre la realidad y el evangelio, para así poder iluminar la primera desde el segundo. Reconocer dónde se va gestando el Reino de Dios y dónde se va contradiciendo la presencia del Resucitado no es una tarea fácil en esta Venezuela tan fragmentada y llena de sufrimiento. Para la tarea de informarme recurro a diferentes diarios y canales de televisión especializados en el aspecto noticioso.</p>
<p>Lógicamente, como sacerdote, me corresponde acompañar en muchísimas ocasiones el dolor de familiares y amigos por la pérdida de un ser querido. Muertes, la mayoría de ellas, que desde la perspectiva humana carecen de sentido, pero en la fe se encuentra la esperanza para vencer el odio hacia el terrible asesino, o a la temible enfermedad transformada en bendición, o, simplemente, al inexorable paso del tiempo. Desde una fe que es acompañada por una profunda humanidad e ilumina la razón, las palabras y los gestos siempre deben llevar al doliente a encontrar la paz. Allí no podemos confundir el mundo de fantasía de las series de acción con la pasión real de quien ha sufrido una dolorosa pérdida; hacerlo sería una falta de respeto hacia los familiares del difunto y una muestra de lo que, clínicamente, podría catalogarse como una <em>psicosis</em>.</p>
<p><em><span style="text-decoration: underline;">1era Temporada (28 de noviembre de 2007) </span></em></p>
<p><em><span style="text-decoration: underline;"> </span></em></p>
<p>El problema lo encuentro cuando al sintonizar las noticias me siento viendo algún canal de series de acción, donde lo inverosímil se hace realidad y los acusados desfilan por la pequeña pantalla. No, esto no es <em>CSI Venezuela</em>, me repetí unas cuantas veces; es el vicepresidente de la república acusando públicamente al Cardenal Urosa y al Padre Ugalde de conspiración y asesinato. Déjalo pasar, me dije, total, todo se caerá por su propio peso. Y así fue, hasta que hace unos momentos un compañero me contó que un parroquiano, muy allegado a la iglesia y de familia muy religiosa, le contó: “Padre, qué le parece, ahora el Cardenal mandando a matar, eso es el colmo”. “Pero Fulano, le contestó el sacerdote, ¿cómo piensas tú que eso pueda ser verdad?”. “Bueno, dijo este honrado padre de familia, si lo dijo el Vicepresidente…”</p>
<p>Es por esta gente buena, que confía en sus gobernantes, por quienes surge este artículo. Es tradición de cualquier lineamiento político crear matrices de opinión en contra de sus adversarios. Es tradición de quienes no son capaces de dialogar, acusar al oponente con calumnias (es decir, mentiras que buscan mellar la dignidad del otro). Hagamos una breve síntesis para que veamos de dónde surgen estas calumnias: los obispos escriben su último documento donde califican a la reforma de una propuesta antievangélica; luego, surge todo un movimiento eclesial para estudiar tanto la reforma como el documento de los obispos y hacerse una opinión desde los patrones cristianos; aparecen declaraciones, el fin de semana pasado, en contra de los personeros eclesiales antes citados por parte del presidente de la república; el lunes, la presidencia de la CEV escribe una nota donde invita a votar y a rechazar la reforma; el mismo día comienzan los ataques del vicepresidente. Ante una verdad contundente, como en toda la historia, se erige la mentira que busca disminuir.</p>
<p><em><span style="text-decoration: underline;">2da Temporada (16 de julio de 2010)</span></em></p>
<p>Esta segunda temporada de la serie volvió a retomar el asunto inconcluso de la primera entrega: el Cardenal Urosa, pero en esta ocasión es acusado por los altos voceros del gobierno de ser un “troglodita” propagandista de falsas acusaciones. Ante la verdad contundente dicha por el purpurado venezolano, surgen nuevamente insultos y ataques pocos decorosos para quienes los profieren.</p>
<p>Pero a la par, los productores de esta serie que nunca deja de asombrarnos, han desarrollado un nuevo guión que parece sacado de una fantasía como <em>Boones</em> o <em>Cold Case</em>, donde en la primera una antropóloga ayuda a descubrir pistas para la resolución de casos a partir de restos humanos, mientras que la segunda se dedica a cerrar casos que han permanecido en el olvido durante años. En esta oportunidad, en su afán por reescribir la historia, el presidente ha decidido encontrar la verdadera causa de muerte del Libertador, por lo que se ha abierto su tumba. Un crimen ya resuelto por la historia, pero que por un empeño infundado históricamente se debe retomar. ¿Acaso no hay suficientes crímenes sin resolver con los 47 asesinatos ocurridos solamente en Caracas el fin de semana pasado? ¿No sería mejor emplear toda esa tecnología en la resolución de los verdaderos crímenes?</p>
<p>No podemos olvidar la clara referencia a <em>Ghost Whisperer </em>y a <em>Medium</em> que se hace en esta nueva entrega, donde el Libertador pareciera recobrar vida y materializarse en extrañas visiones, dando incluso algunas sugerencias, a quienes se arriesgan a entablar conversaciones con él, sobre cómo gobernar.</p>
<p>Claro, en la búsqueda de divertir a los espectadores, también se mezclarán algunas reminiscencias a clásicos de la cinematografía mundial, como es el caso de <em>The Net</em>, logrando que la realidad supere a la fantasía. ¿Acaso es un crimen hablar sobre asuntos bancarios a través de Twitter? Pues eso es lo planteado al resultar encarceladas dos personas por especular sobre algún banco.</p>
<p><em><span style="text-decoration: underline;">Conclusión</span></em></p>
<p>Apaguemos por un rato el televisor y sintonicémonos con la realidad. Son miles los hermanos nuestros que sufren a causa de la violencia verdadera, y no hablo de Irak sino de nuestros barrios venezolanos; innumerables las familias que están padeciendo verdadera hambre mientras containers de comida se pudren sin ver aún a los verdaderos culpables responsabilizarse de ello; incontables los niños y jóvenes que están creciendo en un ambiente lleno de odio y rencor, lo que nos costará generaciones para remdiarlo.</p>
<p>Creo que es hora de entender que no somos personajes de una producción de Bruckheimer, sino creación de Dios. Y ayudar a nuestros hermanos a comprender el fino límite entre la realidad y la obra de ficción de la que nos están haciendo personajes de relleno. Es tu tarea constituirte en heraldo de la verdad, en voz que clama las exigencias del Señor de la Vida.</p>
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